En cumplimiento a lo ordenado en el auto de fecha seis de octubre de dos mil veinticinco y treinta de enero de dos mil veintiséis dictado por el Juzgado Familiar en Línea del Estado de México, en el expediente 6674/2025 relativo al procedimiento judicial no contencioso sobre declaración de ausencia y con fundamento en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 18 de la ley Para la Declaración Especial de Ausencia por Desaparición de Personas del Estado de México.
Se anexa el Edicto.